Cristina Fernández presentó el proyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual
Indica que una empresa de servicios públicos podrá dar TV por suscripción cuando ese servicio se encuentre garantizado para una porción mayor a la mitad del mercado respectivo, en forma previa.
La presidenta Cristina Fernández de Kirchner presentó ayer en La Plata, provincia de Buenos Aires, el texto del proyecto de Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, que propone como reemplazo de la Ley de Radiodifusión. La mandataria cuidó especialmente en anunciarlo como un “documento de trabajo”, “perfectible, mejorable y corregible” para ser sometido a debate público, tras el cual pueda redactarse un articulado final para elevar al Parlamento.
También destacó que se trata de una versión “anotada” con referencias a legislación internacional similar a la de los países que más avanzaron en la normativa de medios audiovisuales, en un marco de fomento al pluralismo y la desconcentración de la propiedad de los medios.
Aclaró -para evitar malos entendidos que circularon esta semana en la Argentina- que no alcanza a los medios gráficos.
Ironizó finalmente que su deseo es que la nueva ley opere como “instrumento para que todos (los integrantes de la sociedad) puedan ser visibles” y no solo cuando aparecen vinculados a una “tragedia”.
El proyecto. Tal como adelantó Convergencialatina, la propuesta reserva el 33% del espectro disponible para el sector sin fines de lucro, atiende la futura migración a TV digital y no sólo involucra a la transmisión radioeléctrica sino también a la cableada, por lo que pondrá en debate, nuevamente, la posibilidad de que las telefónicas puedan prestar IPTV.
La "propuesta" de proyecto contempla la posibilidad de que las empresas de servicios públicos puedan ofrecer radiodifusión. Propone que los partidos de fútbol "de relevancia" se den por TV abierta (lo postula como "el derecho al acceso universal" a los contenidos) y limita la posibilidad de que una misma empresa cuente con una licencia de TV abierta y una de cable. Ni podrá poseer mas de tres licencias de radiodifusión en la misma región.
La norma define a la TV por cable como un "servicio público" y resguarda el derecho a la información y la libertad de expresión, ambos contenidos en la Constitución Nacional. Se proponen mecanismos, tal como indica el artículo 1º, "destinados a la promoción, desconcentración y fomento de la competencia con fines de abaratamiento y universalización del aprovechamiento de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación".
El artículo 25 es el más claro en su alusión a las empresas de servicios públicos y en especial de telecomunicaciones. Dice que una empresa de servicios públicos "podrá ser titular de una licencia de servicios de TV por suscripción presentados mediante vínculo físico, cuando se encuentren garantizados y plenamente disponibles para una porción mayor a la mitad del mercado respectivo, en forma previa".
Además se fija una serie de condiciones especiales en el caso de empresas de telecomunicaciones. Consisten en dar interconexión a precios razonables, portabilidad numérica "como derecho del cliente" en determinadas situaciones. Luego habla de "interoperabilidad de las redes", acceso a las redes nacionales e internacionales y dar a los operadores de la competencia información sobre sus instalaciones o "facilidades".
Las telcos que soliciten una licencia deberán armar una empresa aparte, no hacer subsidios cruzados, dar a los competidores acceso a su infraestructura (postes, ductos, etc.), y "respetar las incumbencias y encuadramientos profesionales de los trabajadores en las distintas actividades que se presten".
A las cooperativas les promete un régimen abierto de participación y medidas tendientes a evitar abusos de posición dominante.
Los conceptos sobre nuevas tecnologías abundan. Son una herramienta esencial para asegurar la pluralidad y diversidad de voces, dice la propuesta. Y agrega que se promoverá la universalización de su acceso para achicar la brecha digital.