Compartición de postes: Enacom estableció en cuatro casos el pago de $1.572,29 mensuales por cada 100 metros de tendido

La medida corresponde a los pagos de: El Álamo a la Cooperativa Regional de Provisión de Servicios Públicos y Sociales del Oeste Pampeano Limitada, en 25 de Mayo, partido de Puelén; Red Difusora S.A. a la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos de Macachín LTDA, en el partido de Atreuco; Antena Comunitaria S.R.L. a la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos Realicó LTDA, en Realicó, Parera e Hilario Lagos; y a la Cooperativa Eléctrica de Ingeniero Luiggi Limitada Ingeniero Luiggi, partido de Realicó.

El Ente Nacional de Comunicaciones estableció el valor de la contraprestación económica que deberán abonar tres ISP pampeanos a cuatro cooperativas por la compartición de infraestructura pasiva para el período de mayo a diciembre de 2024 en tres casos y de julio a diciembre en el último. El cargo mensual es equivalente a $1.572,29 por cada 100 metros lineales de tendido. Esta cifra no contempla impuestos y gravámenes que pudieran corresponder.

Se trata de los casos de los pagos de: El Álamo a la Cooperativa Regional de Provisión de Servicios Públicos y Sociales del Oeste Pampeano Limitada, en 25 de Mayo, partido de Puelén; Red Difusora S.A. a la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos de Macachín LTDA, en el partido de Atreuco; Antena Comunitaria S.R.L. a la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos Realicó LTDA, en Realicó, Parera e Hilario Lagos; y a la Cooperativa Eléctrica de Ingeniero Luiggi Limitada Ingeniero Luiggi, partido de Realicó.

De acuerdo a lo descripto en los considerandos, los casos habían sido resueltos a través de cuatro resoluciones: 662/2025, 663/2025, 660/2025 y 661/2025, respectivamente. Ninguna de ellas fue publicada por el Enacom. En todos los casos se había establecido la contraprestación, pero los ISP denunciantes solicitaron una aclaratoria respecto a la aplicación del valor fijado y que se aplique desde las fechas en las que se formularon las denuncias -en mayo en los primeros tres casos y en julio, para el último- hasta el mes base establecido en cada resolución.

El valor de $1.572,29 mensuales fue establecido ahora a través de cuatro resoluciones -una para cada caso-: 1052/2025, 1053/2025 , 1054/2025 y 1055/2025. En ellas el Enacom justifica "que la fijación del cargo responde a un criterio de razonabilidad y coherencia con la cronología de los hechos y actuaciones administrativas, permitiendo que la contraprestación económica se aplique en un marco temporal acorde a las circunstancias del conflicto y las normativas vigentes y en sintonía con lo requerido por la denunciante".

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