Efectividad en duda y desprolijidades en el piloto de bloqueo dinámico
No se conocen los resultados en la experiencia de combate a la piratería audiovisual, el primer fin de semana de junio. Mientras tanto, causó complicaciones a los ISPs y rechazo entre las principales cámaras del sector.
Los hechos dieron la razón a los que se manifestaron en contra de la decisión judicial de la última semana de mayo, que ordenó a los prestadores de banda ancha del país a bloquear dominios de transmisión ilegal de dos partidos de fútbol del 31 de mayo y el 1 de junio. La experiencia generó complicaciones al interior de los ISPs que intentaron acatar la medida; los resultados no se comunicaron a los interesados y participantes del piloto y, por, sobre todo, MagisTV logró sortear el bloqueo y transmitir los eventos deportivos en pugna.
El capítulo "piloto" intentado para las finales de la UEFA Champions League y del Torneo Apertura 2025 se anota en un reguero de intentos impulsados desde el Juzgado N°4 de San Isidro, a cargo del magistrado Esteban Rossignoli, que en septiembre de 2024 ordenó el bloqueo de todos los dominios asociados a Magis TV, por vulnerar la legislación de propiedad intelectual. Desde entonces, se vienen efectuando bloqueos por URL y DNS, pero para la última experiencia la justicia ordenó innovar con "una prueba piloto mediante una metodología de bloqueo dinámico en forma temporal mediante IP y permanente vía DNS (tanto páginas webs como infraestructuras), con el objeto de evaluar la efectividad del procedimiento y posibilidad de coordinación interinstitucional". Este cambio habría sido promovido a partir de la participación de LaLiga en el seguimiento de la causa.
El bloqueo de direcciones IP mostró ciertas desprolijidades, según recogió Convergencia entre conocedores de la causa. En primer lugar, ENACOM no conformó un listado formal de prestadores que debieran acatar la medida, por lo que las cámaras del sector -Cabase y Cappi, por ejemplo- debieron actuar de intermediarias, y ciertos prestadores no fueron de la partida. Entre ellos Starlink, que en Uruguay sí es convocado para experiencias de bloqueos administrativos.
Por otro lado, no se contemplaron afectaciones a las redes ni a la neutralidad de red. Desde un operador confiaron a Convergencia que, por ejemplo, en el transcurso del piloto y por efecto del bloqueo, se vio alterado el uso de TikTok entre sus clientes.
Finalizada la experiencia -que incluso tuvo una escena de monitoreo desde las oficinas de Globant- no se conocieron resultados de su efectividad, salvo los que comunicaron los prestadores. Y lo cierto es que MagisTV, principal aplicación ilegal utilizada para acceder a eventos deportivos no tuvo problemas ni en su versión gratuita como "Pro".
La experiencia de los ISPs. Los testimonios que pudo recolectar Convergencia, de ISPs que prefirieron el off the record, coinciden en complicaciones para ejecutar la decisión judicial. En particular debieron ocuparse de no afectar servidores que contienen aplicaciones legales (rozando en todo momento el principio básico de neutralidad de red), con herramientas técnicas escasas y recursos humanos no especializados para la tarea.
Uno de los consultados ejecutó el bloqueo por DNS, en forma automática, y optó por no aplicarlo por IP, ya que ello requeriría de cambios de equipos o configuraciones. Una propuesta de mejora a futuro es que se facilitaría el bloqueo si los listados de dominios se enviaran en un formato normalizado para agilizar el procesamiento de la información y evitar el proceso manual.
Entre los ISPs que sí lograron aplicar el bloqueo, un prestador advirtió a Convergencia que de todas maneras no fue efectivo, ya que pudo comprobar que MagisTV no se vio afectado en su zona de operación. En base a esto desde algunas compañías se inclinan porque los bloqueos sean tecnológicamente más eficientes: no en manos de los ISPs, a quienes se complejiza la tarea cotidiana, sino de actores de mayor tamaño y Carriers mayoristas.
Entre los prestadores que recibieron la orden judicial vía las cámaras del sector, hubo quienes se confesaron carentes de recursos para acatar la medida. En aquellos casos que no contaban con hardware para bloqueo, ni firewall en la red ni DNS propios, quedaron supeditados a las acciones que encararan los Carriers. A esta falta de herramientas se suman experiencias fallidas del pasado, en que, al efectuar un bloqueo, se veían afectados otros sitios legítimos, por lo que se prefirió en muchos casos ignorar el pedido de la fiscalía bonaerense. Por último, la opción de no bloquear también existe por cuestiones básicas de competencia: ante competidores locales que revenden MagisTV, un ISP se negó a avanzar con bloqueos, para evitar perder clientes.
Sin consenso. El dilema de bloquear o no bloquear se mantiene como una de las discusiones sin consenso en el sector (ver Anuario de las Comunicaciones 2024 de Grupo Convergencia, enero de 2025).
Pocos días antes de conocerse la orden de bloqueo dinámico, en Internet Day 2025 se había puesto sobre la mesa, una vez más, la cuestión de su validez. Ignacio Estrada, gerente de Relaciones Estratégicas de Lacnic, reafirmó que el mecanismo de bloqueo no se ha mostrado eficaz en el combate a la piratería, dado que los sitios ilegales se reproducen mediante nuevos dominios y las acciones no avanzan con esa celeridad.
Por otro lado, enfatizó en las consecuencias indeseadas por el bloqueo de sitios. La desconexión involuntaria de sitios de terceros es una de ellas, en casos en que se ordena la interrupción de servidores completos. Dos casos icónicos de la escena internacional en este sentido son el bloqueo de Cloudflare en Austria, en 2022, como parte de una experiencia anti piratería; y la inhabilitación de acceso a Google Drive en octubre de 2024, en Italia, durante la aplicación de la ley conocida como "Piracy Shield".
Un segundo riesgo es la inhabilitación de redes, y consiguiente interrupción del servicio a usuarios. En tercer lugar, Estrada alertó por la demora en recuperar servicios afectados de terceros con actividades lícitas. "Los bloqueos no son en forma temporal: se hacen, se olvidan y esas direcciones IP desaparecen", remarcó el representante de Lacnic.
De no existir alternativa Estrada sugirió que los bloqueos solo se apliquen a casos puntuales, de forma temporal, y tras consultas efectuadas a todos los involucrados en la cadena de valor.
En la misma línea se ubica Telecom, que actúa como denunciante y querellante en la causa contra MagisTV impulsada desde el Juzgado N°4 de San Isidro. Sergio Piris, gerente Asuntos Penales, Delitos Tecnológicos y Antipiratería del operador, afirmó en diálogo con Convergencia que "los bloqueos no son una solución única y definitiva al problema de la piratería audiovisual. Deberían ser temporales y cuidando la neutralidad de red".
Entre las cámaras locales, Cabase cuestionó la medida, incapaz de resolver el problema "por sus implicancias técnicas y operativas, que "rompen" la lógica de las redes de internet"; y además rechazó que se utilice a las cámaras como intermediarios de las notificaciones o responsables por las consecuencias del bloqueo. ATVC se sumó a la crítica, planteando que el mecanismo no aporta a resolver el problema de fondo y, en algunas situaciones, podrían afectar contenidos legítimos. "Su aplicación debe realizarse dentro de un marco institucional claro, con intervención del órgano jurisdiccional competente, y considerarse como una medida excepcional, ya que su implementación representa una carga operativa y económica significativa para los operadores TIC que integran la cadena de conectividad y distribución de contenidos", sostuvo mediante un comunicado.