Año XXX - Edición Nro 367 - Julio 2026

Servicios corporativos: sólo obligaciones conductuales

Para Telecom, este mercado debería denominarse como "soluciones integradas de telecomunicaciones y tecnologías digitales". Para determinar la situación de competencia en este segmento, la ANC recurrió a datos aportados por Claro, Telecentro, entre otros.

Grupo Convergencia

En el mercado de servicios corporativos la ANC consideró como satisfactorios a parte de los compromisos propuestos por Telecom y solamente estableció obligaciones conductuales. En efecto, la no discriminación, prohibición de cláusulas de exclusividad, transparencia contractual y acceso a infraestructura en condiciones justas, razonables y no discriminatorias durante 5 años quedaron definidas como remedios, luego de doce meses de intercambios. Sin embargo, el operador y la autoridad de competencia no coincidieron en su interpretación de la naturaleza de este mercado.

El arranque del análisis está en el informe de objeción del junio de 2025, donde hubo un primer punto de desacuerdo en la definición del mercado corporativo. Para la ex CNDC, comprende 3 segmentos -acceso dedicado a internet, transporte de datos y servicios de voz corporativa-, en tanto que, para Telecom, incluye hardware, software, IT y Cloud, con proveedores como Huawei, Cisco, Oracle, SAP, IBM, Amazon, Microsoft y Google. Incluso para Telecom el mercado debería denominarse como "soluciones integradas de telecomunicaciones y tecnologías digitales".

Dada la diferencia de interpretación sobre la definición de mercado relevante, la ex CNDC debió basarse en fuentes ajenas para la elaboración de su informe: Telecentro, que estimó una participación conjunta de Telefónica-Telecom del 70% en B2B; Claro, que esgrimió un 50%; y el antecedente de la operación Telecom-Cablevisión de 2017, que arrojó una participación conjunta del 76,3%. Y concluyó que el mercado de telecomunicaciones corporativas merecía "especial preocupación competitiva".

Servicios corporativos: sólo obligaciones conductuales

Otro recurso argumentado por Telecom fue la tecnología SD-WAN, que sustituiría los enlaces MPLS con prestaciones equivalentes y a menor costo, por lo que habilitaría a operadores sin red propia a ofrecer transporte de datos. Y el operador también aportó evidencias de competencia activa: por un lado, ejemplificó con la licitación de conectividad de la provincia de Mendoza, que habría pasado de 6 a 12 adjudicatarias, y el propio Telecom habría perdido el 36% de su facturación en ese proceso; y, por otro lado, 2 grandes clientes del sector financiero habrían reducido sus compras al operador en un 19% en 5 años.

La SCE no se convenció del cambio de definición y aseveró: "la estrategia de reconversión hacia el modelo techco no determina los límites del mercado". Incluso el organismo consultó a empresas que Telecom había sugerido para aportar información del negocio a la causa - Google, Microsoft y Oracle-, con lo que tampoco se logró torcer la postura original.

¿Qué había propuesto Telecom?
El operador sugirió en agosto de 2025, dentro del proceso de intercambio con la ex CNDC, desinvertir los clientes globales que operan bajo el acuerdo internacional suscripto con Telefónica. Por otro lado, mencionó la posibilidad de asumir ciertos compromisos de conducta: oferta equitativa y no discriminatoria, ausencia de cláusulas de exclusividad en los contratos Techco B2B y mantenimiento y renovación de contratos vigentes en condiciones equitativas.

Tampoco el SD-WAN ni las pruebas de competencia efectiva calaron hondo, ya que, en el primer caso, no incorpora nuevos actores al mercado, y en el segundo, no permite inferir lo que ocurrirá en una estructura más concentrada. "La preocupación que señaló la SCE apuntaba en la dirección opuesta: la operación absorbe al líder del segmento, Telefónica, que combina una "indiscutida posición de liderazgo" con un tendido de fibra superior en un 20% al de Telecom", sentenció la resolución.

A estas contestaciones se sumó con el proceso ya avanzado nueva información de Claro, que según el organismo confirmó el diagnóstico: "la entidad fusionada tendría como mínimo el 70% del mercado y hasta el 90%, mientras AMX quedaría entre el 10% y el 20%", alertó.

Acuerdo. Más allá del cruce conceptual, la SCE aceptó el compromiso propuesto por Telecom de desinversión de clientes globales y compromisos de no discriminación, no exclusividad y mantenimiento de contratos. Sin embargo, en su decisión final el TDC decidió solo mantener medidas conductuales, y eximir a Telecom de la desinversión propuesta.

"La demanda corporativa no es asimilable a la demanda minorista. Grandes empresas y organismos del sector público operan mediante licitaciones, negocian contratos individualmente y cuentan con equipos jurídicos y de compras especializados. Ese poder compensatorio de la demanda hace que los remedios conductuales sean suficientes", concluyó.

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