El Enacom publicó el pliego 5G y la asignación de frecuencias a Arsat

Por la Resolución 1285, aprobó el pliego de bases y condiciones generales y particulares para la adjudicación de bandas en las que se prestará servicios 5G. Los operadores interesados podrán presentar sus ofertas por bloques de 100 MHz en 3.300-3.600 MHz hasta el 29 de septiembre. El cap se estableció en 200 MHz. La Resolución 1289 otorga a Arsat 100 MHz entre 3.600 y 3.700 MHz. Las críticas de la oposición.

A pocas horas de la definición del directorio, el lunes 28 de agosto por la mañana, las Resoluciones 1285/2023 y 1289/2023 fueron publicadas este martes en el Boletín Oficial. Mediante la Resolución 1285/2023 quedó aprobado el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares para la Adjudicación de Bandas de Frecuencias Destinadas a la Prestación del Servicio de Telecomunicaciones Fiables e Inteligentes (STeFI); el llamado a concurso y la fijación de un cap de 200 MHz por licenciatario.

Tal como adelantó ayer Convergencia, los interesados podrán presentar sus ofertas para tres bloques de 100 MHz disponibles en 3.300-3.600 MHz hasta el 29 de septiembre. Serán analizadas por una Comisión de Precalificación, integrada por un representante de la Dirección Nacional Autorizaciones y Registros TIC, otro de la Dirección Nacional de Control y Fiscalización, otro de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Competencia en Redes y Servicios y otro de la Dirección Nacional de Planificación y Convergencia. Cada Precalificado deberá realizar un depósito de US$ 5 millones para participar del acto de subasta, estimado para el mes de noviembre, a lo que deben sumarse otras garantías.
Según el artículo 35 de la resolución, para el caso en que existan lotes vacantes, el Enacom “podrá asignar los mismos en forma directa a Arsat”.

En cuanto a las obligaciones de despliegue, detalladas en un anexo del pliego, en una primera etapa los adjudicatarios deberán garantizar la operatividad del servicio en los primeros doce meses de, al menos, una estación base en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, capitales de provincia, las ciudades de Mar del Plata, Bahía Blanca y Rosario. En una segunda etapa, en un plazo no superior a 30 meses, en localidades de más de 100.000 habitantes.

En una tercera etapa (48 meses), los adjudicatarios tendrán que dar servicio con al menos una estación base en localidades de más de 50.000 habitantes, que no se encuentren incluidas en las Etapas I y II. Para la cuarta etapa (66 meses), incorporar localidades de más de 30.000 habitantes aún no comprendidas en etapas previas; y para la quinta (vencido el plazo de 84 meses), ampliar la cantidad de estaciones base a una cada 20.000 habitantes, en las localidades de la Etapa I.

Como obligación general, se contempla que “cuando la tecnología utilizada para brindar STeFI sea adoptada, mediante el uso de terminales aptas para tal fin, por más del 50% de los usuarios finales del servicio, las compañías adjudicatarias asumirán el compromiso de ofrecer un plan de servicio destinado a sectores de bajos ingresos”.

Arsat. La Resolución 1289/2023, cuyo texto adelantó anoche Convergencia, expone que “resulta conducente asignar (a Arsat) 100 MHz para la prestación del STeFI con el objeto de aprovechar la infraestructura que ya posee la empresa y desarrollar un plan estratégico nacional de conectividad”. Por tal motivo se le asigna por un plazo de 20 años la banda de frecuencias comprendida entre 3.600 y 3.700 MHz para la prestación de STeFI.

“A efectos de salvaguardar aquellas asignaciones vigentes de otros Servicios de TIC en la porción de espectro mencionada, corresponde establecer excepciones geográficas y de ancho de banda en la asignación que se aprueba en la presente a ARSAT”, explica el texto de la resolución. Y especifica que la asignación corresponde a “todo el territorio nacional, con excepción de las localidades comprendidas en la Disposición DI-2023-16857746-APN-DNAYRT#ENACOM, en las cuales se asigna a ARSAT la banda de frecuencias comprendida entre 3.600 y 3.675 MHz”.

Las razones de la oposición. Los representantes de la oposición en el directorio de Enacom, Silvana Giudici y José Corral, hablaron de “restricciones al acceso a la información” en el proceso que desembocó ayer en la aprobación del pliego 5G y la asignación de frecuencias a Arsat. En su exposición de su voto negativo, se refirieron a “dificultades para analizar los aspectos técnicos, financieros, jurídicos y administrativos de una licitación”.

En diálogo con Convergencia, Corral lamentó que no se haya dado un proceso público de debate. “El pliego se agrega a un campo de juego con reglas rotas. La oposición tenía mucho para aportar y no tuvimos la oportunidad de hacerlo. Nos parece inconsistente que se apruebe un pliego estando vigente el DNU 690”, sostuvo.

El funcionario remarcó que recién el 16 de agosto último apareció por primera vez y formalmente en el Sistema GDE, un Proyecto de Resolución y un Pliego para ser tratado en la reunión de Directorio. “No surge la participación de las interesadas en cuanto a la implementación efectiva del STeFI antes, durante y luego de la licitación; no se ha fijado un cronograma de la subasta ni establecidos los parámetros de calidad del servicio y de control por parte de la Autoridad de Aplicación -Enacom- ni un régimen sancionatorio adecuado. A la luz de las actuaciones puestas en consideración, todo ello resulta incierto”, consideran Giudici y Corral en su presentación para respaldar su voto negativo.

Entre los puntos del pliego que critican, se encuentra el precio base de la subasta -de US$ 350 millones-, al que consideran arbitrario; ausencia de una razón técnica por la cual se establece como tope máximo de espectro los 200 MHz para STeFI; y anticipan una dificultosa aplicación y control por parte del Enacom del plan de servicio para sectores de bajos ingresos y las obligaciones de despliegue.

Sobre este último punto, explican: “La instalación de al menos una estación base en ciudades específicas condicionada a la cantidad de habitantes en un esquema de plazos termina por repetir un modelo de cobertura que no soluciona los problemas de acceso o conectividad y tampoco asegura el desarrollo tecnológico pretendido puesto que no se tienen en cuenta los ejes de economía y producción de cada localidad”.

Por otro lado, Corral y Giudici se oponen a la asignación de frecuencias a Arsat en caso de que exista vacancia en la subasta 5G, “sin que se fundamente en modo alguno cómo dicha empresa realizará esos objetivos, ni por qué resulta más conveniente esta decisión de asignación directa en lugar de resguardar la competencia del Enacom para la gestión y administración del espectro vacante en atención a sus facultades legales que surgen de la Ley 27.078”.

Sobre la resolución que asigna la parte alta de la banda a Arsat, opinan que “resultaría inviable que Arsat como empresa estatal desvirtúe su objeto al intentar convertirse en operador del servicio, limitándose ahora solo a solicitar la asignación del espectro sin especificar plan o fundamento que dé cuenta de la magnitud e implicancia de despliegue de una red de telefonía móvil de quinta generación. No hay razón para esta transferencia de espectro de 5G para la empresa Arsat. Desconocemos los motivos, la existencia de proyectos de uso en el ámbito de la empresa ni los marcos de acuerdo que deberían haberse suscripto entre el regulador y la empresa para la cesión de un recurso escaso, valioso y finito”.

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