Año XXIX - Edición Nro 354 - Junio 2025

Telecom-Telefónica: El dictamen "preliminar" de la CNDC llegó antes de lo esperado

El documento de más de 100 páginas contiene argumentos y números de cómo quedaría el mercado con la concentración de ambas empresas. El camino hacia el análisis de la CNDC incluyó audiencias y pedidos de información a actores y cámaras del sector TIC.

Horas antes del segundo fin de semana largo de junio, la Secretaría de Industria y Comercio sorprendió con su resolución frente a la venta de Telefónica a Telecom. La operación por US$ 1.245 millones concretada el 24 de febrero fue objetada en base al dictamen de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC). Este informe surge de un "análisis preliminar", basado en audiencias con empresas y cámaras del sector que expusieron sobre el eventual impacto en la competencia de distintos servicios (ver página 5); datos provistos por el Enacom; e información requerida a la propia Telecom.

El dictamen, de más de 100 páginas, identifica efectos horizontales en mercados residenciales, corporativo y mayoristas, así como efectos verticales y de cartera. En base a estos efectos -y aclarando en diversas oportunidades que se trata de una "etapa preliminar de investigación" (ver recuadro), la CNDC llega a la conclusión de que "la adquisición de Telefónica por parte de Telecom aumenta la probabilidad de que la compradora abuse de la posición dominante resultante en los mercados analizados, restringiendo la oferta de servicios mediante el incremento unilateral de precios, el deterioro de la calidad, y/o mediante prácticas exclusorias".

Y fundamenta la objeción a la transacción de febrero en que "tiene la potencialidad de restringir o distorsionar la competencia, de modo tal que puede resultar un perjuicio para el interés económico general, en relación con varios mercados del sector de las telecomunicaciones, tanto por los efectos horizontales -unilaterales como coordinados- y verticales detallados, como así también por los efectos de conglomerado o cartera".

La resolución de la SIyC en base al dictamen de la CNDC indica dos instancias clave para las próximas semanas: un plazo de 15 días a Telecom para efectuar consideraciones y ofrecer soluciones para mitigar los efectos sobre la competencia mencionados en el informe; y una audiencia especial -a ser fijada por la CNDC- para considerar estas medidas de remediación.

Horizontales. En cuanto a los efectos horizontales en acceso a internet residencial, el informe da cuenta de una participación conjunta del 45,7% en ese mercado; y de solapamientos en 186 localidades, distribuidas en 16 provincias, con distinto impacto en la situación de competencia local en función de la existencia de otras ofertas en cada caso. Las jurisdicciones que evidencian altas participaciones de mercado a nivel local son CABA, y las provincias de Buenos Aires, Mendoza, Neuquén y Río Negro, concluyendo en que "se verifican problemas de competencia en 114 localidades".

De todas maneras, el texto aclara que existe "información adicional pendiente de respuesta y otro tipo de análisis que esta CNDC considera que deben ser ampliados a futuro para realizar una evaluación completa del mercado, en particular en mercados geográficos como Mendoza, Neuquén y Río Negro".

Para TV paga, el organismo reconoce que la participación de Telefónica no alcanza el 5% del total, por lo que -y tal como manifestara el Enacom al ser consultado por esta operación-, "no se verifica una modificación significativa en el nivel de concentración". Sin embargo, si se analiza a nivel local, la CNDC detecta 161 localidades con solapamientos horizontales, ubicadas en las provincias de Buenos Aires, CABA, Chubut, Mendoza, Neuquén, Río Negro, San Juan, San Luis, Santa Cruz y Tierra del Fuego. "Se advierte que en el 66% (107 sobre 161) de las localidades analizadas, tras la operación, se producirían escenarios de baja o nula competencia. El 96% de las localidades afectadas pertenecen a la provincia de Buenos Aires", según el ente.

Entre las localidades más afectadas, con una participación conjunta superior al 90%, se encuentran Adrogué, Monte Grande, Ezeiza, La Plata, Lomas de Zamora, Quilmes, Martínez y San Isidro. "En esas circunstancias, la operación condiciona también la competencia por servicios convergentes y podría afectar la posibilidad de permanecer en el mercado para los competidores actuales o la entrada de competidores potenciales", advierte el texto.

Para telefonía móvil, la relación horizontal comprende dos elementos: por un lado, el solapamiento en la provisión del servicio y por otro, la acumulación de espectro. Para el primer punto, la CNDC evalúa que "el refuerzo del poder de mercado que podría adquirir Telecom ex post en el mercado de telefonía móvil podría afectar la oferta de servicios convergentes y reducir la posibilidad de ser desafiado por competidores actuales o potenciales, en diferentes escalas a nivel sub nacional". El documento identifica tres jurisdicciones donde la cuota de mercado conjunta alcanza el 70% o más: CABA, Chaco y Formosa.

En relación con el espectro, el dictamen indica que "post concentración Telecom superaría los límites de tenencia de espectro en todo el país, en distinto grado: 130 MHz de exceso en 139 códigos INDEC (CI); entre ellos CABA, La Plata, La Matanza y Tigre en GBA, o Córdoba, Rosario, Salta y San Miguel de Tucumán; 110 MHz, en 25 CI; 90 MHz, en 227 CI, 70 MHz, en 281 CI y 50 MHz, en 2854 CI" (ver gráfico).

4Play. A la hora de analizar la paquetización de servicios y la oferta de Cuádruple Play, la CNDC sostiene que "Telecom será el único operador con la capacidad y el incentivo de realizar ofertas "Cuádruple Play" a nivel nacional, pudiendo trasladar su poder de mercado en un servicio a otro donde compite con otras empresas, para desplazar en el mediano y largo plazo a sus competidores".

Nuevamente en relación con el 4Play la CNDC aclara que "de forma preliminar", es necesaria una mayor profundización en el análisis sobre los efectos de cartera derivado de la oferta múltiple play.

Corporativos. En las conclusiones sobre efectos horizontales en el mercado de servicios corporativos, la CNDC da cuenta de información poco actualizada o de terceros, pero de todas maneras asegura que se conformaría "una posición dominante tal que podría perjudicar aún más la competencia en el mercado".

Con base en cálculos de América Móvil, el organismo estimó que la participación conjunta sería -en un escenario de mínima- de 59,2% para acceso a internet dedicado, 53,8% para transporte de datos y 73,8% para servicios de voz; y en uno de máxima, de 79,2% para acceso a internet dedicado, de 73,8% en transporte de datos y de 93,8% en servicios de voz. A esto se suman datos de Telecentro, según los cuales en el segmento B2B la sumatoria de Telefónica y Telecom superaría el 70% de cuota.

Telecom-Telefónica: El dictamen "preliminar" de la CNDC llegó antes de lo esperado

Mayoristas. Según lo indicado por Telecom al organismo en los requerimientos de información, la cantidad de kilómetros solapados entre las redes troncales de ambas compañías asciende a 23.008. Frente a esto, el Enacom -citado en el dictamen- alertó que "en ciertas localidades Telecom se convertiría el único prestador con capacidad para proveer el servicio mayorista y a su vez el principal prestador minorista, por lo que la integración vertical de Telecom se vería reforzada".

Sumado a los comentarios de otros actores del sector (ver página 3), la CNDC concluye en que "si la operación de concentración se efectiviza, es esperable que tenga efectos sobre el punto de equilibrio del intercambio de tramos de red, y que el nuevo punto de equilibrio se traslade a uno donde el operador de red con más extensión, es decir Telecom, tenga más poder de negociación. Las consecuencias para el resto de los operadores, con los cuales mantiene una relación de proveedor, competidor y cliente, podrían redundar en un aumento en el precio de los costos de los operadores".

Verticales. La CNDC explicita tres efectos verticales con perjuicios a la competencia. Primero, una eventual negativa del acceso a la infraestructura de red por parte de Telecom y Telefónica a sus competidores en los mercados aguas abajo. En segundo lugar, especula con el aumento del precio del acceso a su infraestructura; y, por último, la fusionada ·podría tener incentivos a degradar la calidad del servicio prestado a sus competidores con el objetivo de perjudicar su desempeño competitivo en los mercados aguas abajo". 

Telecom-Telefónica: El dictamen "preliminar" de la CNDC llegó antes de lo esperado

GRISES PROCESALES

Tras la presentación del informe de objeción, desde Telecom expresaron ante Convergencia su preocupación por la vulneración a la seguridad jurídica. Entre los argumentos, aún está vigente el plazo para que el operador presente el formulario F2, cuyo vencimiento es el 30 de junio (ver línea de tiempo). Por otro lado, rige la resolución de la Sala III de la Cámara Civil y Comercial Federal, que el 6 de junio concedió con efecto suspensivo la apelación que hizo Telecom a la Resolución 63/2025 del 21 de marzo de la SIyC (que ordenaba a Telecom abstenerse de realizar cualquier acto que implicara la integración de las compañías).

Además, el tono concluyente del dictamen contrasta con continuas referencias de la CNDC a una "etapa preliminar de investigación" o futuros análisis más profundos. Incluso, hay audiencias pendientes (ver página 3) con tres compañías. De esta manera, el informe emitido el 19 de junio se presenta como una opinión anticipada, sin contar con todos los elementos de juicio.

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